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El Tribunal Supremo deja prácticamente sin contenido una de las medidas estrellas de la Reforma Laboral

Lunes, 16 de Marzo de 2015Vicente Cerezo Novejarque

La ultractividad de los convenios, si bien desaparece al finalizar el año de negociación sin acuerdo, permanecen las condiciones pactadas al trasvasarse al contrato laboral del trabajador.

Ello supone que una vez finalizada la vigencia de la ultractividad de los convenios colectivos, fijada en un año desde la denuncia del mismo, y no existe un convenio de ámbito superior, las condiciones pactadas en el convenio  permanecen no porque las normas del convenio extinto pasen a contractualizarse en ese momento sino porque esas condiciones estaban ya contractualizadas desde el momento mismo (el primer minuto, podríamos decir), en que se creó la relación jurídico-laboral, a partir del cual habrán experimentado la evolución correspondiente". Quiere decirse, parece, que todas las condiciones de trabajo del convenio son ab initio condiciones del contrato de trabajo. 


FUENTE: V.LEX




 



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