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SEGURO CONVENIO ALMACENISTAS DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN

Martes, 12 de Enero de 2010Jose Miguel Gil de Miguel

Capitales y Garantías para 2010

 

   El artículo 110 del Convenio Colectivo de Comercio-Almacenistas de Materiales de Construcción y Saneamientos, establece que los trabajadores afectados por el presente convenio tendrán derecho a percibir indemnizaciones complementarias a las prestaciones de la Seguridad Social, en los supuestos y cuantías que se detallan:

CAPITALES Y GARANTÍAS

Fallecimiento por muerte natural o
accidente no laboral
1.829 euros
Invalidez absoluta, gran invalidez y/o muerte,
todo ello derivado de accidente laboral
38.409 euros
Invalidez permanente total, derivada de
accidente laboral
18.290 euros

 

PRIMA TOTAL POR TRABAJADOR ASEGURADO Y AÑO: 14 euros

   Aquellos asociados interesados en suscribir una póliza en estas condiciones o garantizarse este precio para cuando finalice la vigencia de la suya, en caso de tener el riesgo asegurado, rogamos nos lo hagan saber a la mayor brevedad, ya que se trata de una oferta cerrada. 


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